EXPLOTACIÓN LABORAL Y DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS

Trata para explotación laboral

Las víctimas, tanto hombres como mujeres y niños, son forzadas a trabajar en talleres textiles clandestinos, en emprendimientos agrícolas, la industria del calzado, la construcción, servicio doméstico, etc. Un gran número de víctimas son de origen Boliviano, y son reclutadas aprovechándose de su vulnerabilidad por su extrema pobreza y falta de oportunidades laborales. En general los migrantes saben que van a trabajar en un taller textil, granja, etc., pero los tratantes les generan una deuda (pago del viaje, documentación, alojamiento, alimentación, etc.) que siempre está en constante crecimiento y que las víctimas no tienen claro como va a saldarse. Es un caso típico de “servidumbre por deudas”. Existen también otras finalidades de explotación son los matrimonios serviles, la mendicidad, niños soldados y la extracción de órganos o tejidos humanos que se verifican con menor frecuencia pero que también son una realidad en el mundo.
Se estima que, en la actualidad, al menos 12,3 millones de mujeres, hombres, niñas y niños son víctimas del trabajo forzoso en todo el mundo, atrapadas en situaciones de explotación de las que no pueden salir y en manos de empleadores, contratistas o agentes sin escrúpulos. Pueden ser víctimas de la trata con fines de explotación sexual comercial pero, con mayor frecuencia, trabajan en sectores económicos "tradicionales" como la agricultura, la construcción o la industria manufacturera informal, y a menudo se ven atenazadas por la carga de una deuda que nunca podrán rembolsar. Entre las personas más vulnerables figuran las mujeres y las niñas en el servicio doméstico, los trabajadores inmigrantes irregulares y los pueblos indígenas. Además, existe un importante número de personas que son víctimas del trabajo forzoso impuesto por el Estado o sus representantes.








Los Derechos de las Víctimas de la Trata de Personas

La Argentina sancionó una ley para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. La misma modifica el Código Penal e introduce el tipo penal de TRATA DE PERSONAS ,que tiene como finalidades prevenir y combatir la trata de personas; proteger y ayudar a las víctimas, respetando sus derechos humanos. De acuerdo a esto, las víctimas de la trata de personas, sean argentinas o extranjeras, tienen derecho, entre otros, a:


1) Recibir protección por parte del Estado en el que se encuentren, tanto ellas como sus familias;

2) Recibir asistencia de emergencia consistente en alojamiento, vestido y alimentación, asistencia médica, legal y psicológica;

3) Recibir asistencia para reconstruir sus vidas y recibir una reparación o compensación por las violaciones sufridas.

4) A recibir apoyo para retornar a sus lugares de origen si su vida o integridad física no corren peligro en dichos lugares o, en su defecto, a permanecer en el lugar en que se encuentren o reubicarse en otro lugar;

5) A que el Estado les garantice la no repetición de las violaciones sufridas.


























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